viernes, 5 de diciembre de 2014

EL MONOPOLIO DE LA NAFTA


05 DE DICIEMBRE DE 2014


LOS LECTORES OPINAN

El monopolio de la nafta
Teniendo en cuenta que la ley cuestionada tiene por objeto el fomento de la comercialización de un producto agrícola fundamental para una región importante del país, que abarca cuatro departamentos: Guairá, Caazapá, Caaguazú y Paraguarí, el cultivo de la caña dulce tiene una trascendencia económica gravitante para el desarrollo nacional. El Art. 141 de la CN justifica plenamente esta iniciativa. “DE LOS OBJETIVOS DE LA REFORMA AGRARIA”.
La reforma agraria es uno de los factores fundamentales para lograr el bienestar rural. Ella consiste en la incorporación efectiva de la población campesina al desarrollo económico y social de la nación.
Se adoptarán sistemas equitativos de distribución, propiedad y tenencia de la tierra; se organizarán el crédito y la asistencia técnica, educacional y sanitaria. Se fomentarán las cooperativas agrícolas y de otras asociaciones similares, se fomentara la producción, la industrialización y la racionalización del mercado para el desarrollo integral del campo”.
A veces queremos reducir la reforma agraria al reparto de tierras, esta ley en proceso quiere consolidar la producción agrícola, la mezcla de alcohol con la nafta, va a permitir un consumo de la producción nacional del alcohol de la caña dulce, esto va a dinamizar al sector, va a diversificar el producto obtenido, permitiendo a las industrias optimizar la materia prima, conforme a la demanda y no va a depender exclusivamente del azúcar. Además, beneficiará a miles de productores rurales, para concretar la reforma agraria en la práctica, no solo en los papeles.
El artículo constitucional citado abre evidentemente la intervención estatal para fomentar el desarrollo de las regiones afectadas por la producción de caña dulce y, sin dudar, este proyecto va ser un incentivo importante en este momento de crisis del sector.
La ley en proceso no puede ser inconstitucional, porque se deben analizar todas las disposiciones relacionadas, dentro de un contexto, y no solo atenerse a un texto constitucional para justificar todo el contexto. Para emitir un dictamen coherente y jurídicamente válido, debe analizarse el espíritu de la constitución con todas las disposiciones, que indudablemente favorece la constitucionalidad de la ley.
No solo se juegan aquí estas garantías constitucionales, además están otras como las de pleno empleo, derecho al trabajo, de igualdad de oportunidades en la participación de los beneficios de la naturaleza, de los bienes materiales y de la cultura.
Nosotros que vivimos en estas regiones no tenemos otras alternativas a mediano plazo, debemos seguir luchando por este rubro, quizás no sea de las mejores, y cada pelador sabe que un novato tendrá que sufrir las consecuencias de las primeras experiencias del escozor que producen en las manos y el cuerpo sus áspera hojas espinosas, podemos decir con el poeta Ramiro Domínguez que el dolor más triste son estos: cuando seas hombre tendrás culebra en el pecho y lombrices en el alma (Caña Amarga), como repuestas a los requerimientos por la paga de sus sacrificios.
Pero los habitantes de estas tierras amamos este trabajo, es parte de nuestra identidad cultural, tenemos 100 años de tradición en esto, que costó dolor y lágrimas, tanto al productor pequeño como al grande, y también el sacrificio de los industriales, que se esmeran para producir mejor. Esperamos que el Estado tenga políticas a largo plazo para nuestro rubro, pero esta ley nos beneficiará a todos, y el plagueo de los importadores es poca cosa en relación con los afectados y posibles beneficiados que implica toda una región del país, de la cual dependen el comercio, la industria y los servicios.
Luis A. Traversi

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